La Cámara de Diputados prevé aprobar una reforma que obligará a bajar contenidos que violen derechos de autor.
La Cámara de Diputados prevé aprobar este martes una reforma legal que obligará a los proveedores de internet a retirar de inmediato contenidos que violen derechos de autor, incluidos memes e imágenes generadas con inteligencia artificial, con multas de hasta 4.6 millones de pesos.
La iniciativa fue propuesta por la Presidenta de la República y será discutida por la Comisión de Economía y Comercio, con el objetivo de agilizar el retiro de material usado sin autorización en plataformas digitales.
De acuerdo con el texto, la reforma crea el artículo 114 Nonies a la Ley Federal del Derecho de Autor para establecer que el proveedor de servicios de internet será responsable de infracciones cometidas por usuarios cuando incumpla con lo previsto en el artículo 114 Octies y, además, contribuya, induzca o cause la conducta infractora.
La propuesta también señala que esa responsabilidad aplica cuando el proveedor tenga conocimiento de la infracción, capacidad de controlar la conducta del usuario infractor y obtenga un beneficio financiero directamente atribuible a la actividad infractora.
El artículo 114 Octies obligará a los proveedores de internet a remover, retirar, eliminar o inhabilitar el acceso a materiales o contenidos dispuestos, habilitados o transmitidos sin el consentimiento del titular del derecho de autor o derecho conexo, una vez que cuenten con conocimiento cierto de la presunta infracción.
La reforma precisa que las sanciones previstas en el artículo 231 de la Ley del Derecho de Autor alcanzan a quienes difundan una obra con derecho de autor, usen la imagen de una persona sin autorización o difundan o almacenen obras cinematográficas y demás obras audiovisuales, fonogramas, videogramas o libros.
También incluye casos relacionados con poner en circulación obras deformadas, modificadas o mutiladas sin autorización del titular, así como importar, vender, arrendar o permitir el uso de dispositivos o sistemas destinados a desactivar protecciones electrónicas de un programa de computación.
La iniciativa añade además supuestos sobre el uso, reproducción o explotación de una reserva de derechos protegida o un programa de cómputo sin consentimiento del titular, así como el uso de nombres, títulos o características que induzcan a error o confusión con una reserva protegida.
Otro de los puntos citados en el documento se refiere a la utilización de obras literarias y artísticas protegidas en contravención al artículo 158, que las protege contra su explotación sin autorización por escrito del pueblo o comunidad titular y contra su deformación con objeto de causar demérito o perjuicio a su reputación o imagen.
En el caso de la retransmisión, fijación, reproducción o difusión al público de emisiones de organismos de radiodifusión sin autorización debida, la multa prevista va de 117 mil 310 a 580 mil 550 pesos, según el texto legal.
Para los proveedores de internet que no retiren contenido infractor de manera expedita, la sanción puede ir de cinco mil a cuarenta mil veces la Unidad de Medida y Actualización, equivalente a 580 mil 550 pesos hasta 4 millones 692 mil 400 pesos.
La exposición de motivos sostiene que la regulación busca “cerrar espacios de impunidad en el entorno digital” y fomentar la participación de intermediarios en medidas de “puerto seguro”, para garantizar una protección más efectiva de los derechos de autor y derechos conexos.
Al mismo tiempo, el documento afirma que se mantiene un equilibrio para no imponer cargas excesivas a los proveedores de servicios de internet que actúan de buena fe y conforme a la normativa aplicable, con el fin de promover un ecosistema digital más justo, seguro y respetuoso del marco jurídico vigente.
La reforma también subraya que el fortalecimiento del régimen de responsabilidad secundaria de los proveedores de servicios de internet contribuirá a garantizar una protección más efectiva de los derechos de autor en el entorno digital y a fomentar prácticas responsables por parte de los intermediarios.
Las claves de la reforma
La propuesta incorpora dos artículos a la Ley Federal del Derecho de Autor: 114 Octies y 114 Nonies.
Además, fija multas de hasta 4.6 millones de pesos para proveedores de internet que no retiren contenido infractor de forma expedita.
El alcance incluye memes, parodias digitales, obras audiovisuales, imágenes, música, literatura y otros materiales usados sin consentimiento.
La Comisión de Economía y Comercio de la Cámara de Diputados tiene previsto aprobar la reforma mañana martes.










